Los activos digitales, como las criptomonedas, se basan en la tecnología de cadena de bloques («blockchain»). El usuario necesita una dirección pública («Public Key» o «PUK») y la correspondiente clave privada («Private Key» o «PIK») para acceder a los activos, controlarlos y transferirlos.

La dirección pública «PUK» y la clave privada «PIK» —y no las criptomonedas en sí— se gestionan a través de una billetera electrónica, el llamado «wallet». Se puede acceder a la billetera electrónica con un PIN (billetera basada en hardware) o una contraseña (billetera basada en software) y está protegida con una «frase semilla» que actúa como copia de seguridad. En consecuencia, el sistema conlleva riesgos: Si el «PIK» o la «frase semilla» se pierden, ya no es posible acceder a la billetera y el propietario ya no podrá disponer de los activos.

Garantizar el acceso de los herederos

El testador haría bien en asegurarse de que tras su fallecimiento sus activos digitales no queden inaccesibles, garantizando que los herederos o un albacea tengan acceso a ellos. Por lo tanto, la planificación sucesoria con un enfoque previsor es clave. Los herederos deben conocer la existencia y el valor de los activos digitales, y deben tomarse las medidas necesarias para garantizar el acceso a ellos.

Para la planificación sucesoria es necesario distinguir si el testador gestiona él mismo sus activos digitales a través de una «billetera de autocustodia» y puede acceder a los activos digitales directamente, o si los gestiona mediante una «billetera bajo custodia de terceros» a través de un proveedor de servicios externo, quien es el único que tiene acceso a los activos digitales.

Billeteras bajo custodia de terceros

Si el testador conserva los activos digitales en una billetera bajo custodia de un tercero, la relación contractual con este último se transmite generalmente a los herederos en virtud de la ley o mediante la inclusión de disposiciones testamentarias.

Es posible que la mayoría de los proveedores externos exijan algún tipo de otorgamiento de representación (certificado de sucesión, testamento autenticado) para acceder a los activos digitales. Si el proveedor tiene su sede en el extranjero, las relaciones jurídicas suelen estar sujetas a un ordenamiento jurídico extranjero. En estos casos, es aconsejable aclarar la necesidad de actuación con expertos locales.

Billeteras de autocustodia

La situación es más compleja si los activos digitales se almacenan en una «billetera de autocustodia»: En este escenario, los herederos no disponen ni de un intermediario financiero (proveedor externo) ni de un organismo privado o autoridad a los cuales dirigirse para obtener la información necesaria para acceder a los activos digitales. En este caso, los herederos solo pueden acceder a los activos digitales si conocen las claves públicas («PUK») y privadas («PIK») —o la correspondiente «frase semilla» (contraseña de 12-24 dígitos)— almacenadas en billeteras en línea, de escritorio, móviles, en papel o basadas en hardware.

Para garantizar el acceso en caso de fallecimiento, el testador debe hacer constar en su testamento o en un documento aparte qué activos digitales posee («inventario de criptoactivos»), cómo se gestionan y cómo se puede acceder a ellos. Según la jurisdicción, esta información puede depositarse ante el albacea o ante un notario público en un sobre cerrado. Si el testador prefiere mantener en secreto las contraseñas «PIK» y la «frase semilla» o si los herederos no están familiarizados con los activos digitales, el testador puede designar a una persona experta en activos digitales (p. ej. un albacea o un fideicomisario) para que ayude a los herederos a acceder a los activos digitales.

Conclusión para los inversionistas en activos digitales

Recuerde que debe tener en cuenta que las consecuencias jurídicas y fiscales del manejo de la «PUK», «PIK» y «frase semilla» dependen de las circunstancias de la jurisdicción correspondiente. Esto debe ser considerado, especialmente, en lo que respecta a la custodia y la transferencia.

Una planificación previsora y fiable por parte del testador es esencial desde la perspectiva de los herederos. Es fundamental que los herederos estén informados de la existencia de los activos digitales y que se garantice el correspondiente acceso a los mismos.

Contáctenos